TL;DR

  • Honorarios del notario: la Ley del Notariado de Baja California obliga a cobrar conforme al arancel que apruebe el Ejecutivo, pero no encontramos ese arancel publicado. Estimación de mercado: 1.5% a 2.5% más IVA, $22,500 a $37,500 en una casa de $1.5M.
  • ISAI: hasta $30,000 sobre esa casa, antes de la deducción que prevé la ley. Es 2% en todo el estado, porque lo fija una ley estatal.
  • Todo junto: entre $72,600 y $90,000 (4.8% a 6.0% del precio). Solo la inscripción en el Registro Público son unos $12,800.
  • La notaría debe tener a la vista el arancel y su listado de honorarios: pídelos antes de aceptar el presupuesto.

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Cuánto pagarás en total por escriturar en Baja California (2026)

Valor de la casaHonorarios notariales (1.5%-2.5%)ISAITotal gastos de escrituración*
$1,000,000$15,000-$25,000$20,000$48,400-$60,000
$1,500,000$22,500-$37,500$30,000$72,600-$90,000
$3,000,000$45,000-$75,000$60,000$145,200-$180,000

*El total suma honorarios con IVA, ISAI y 1.1% del valor para avalúo, Registro Público y certificados (estimación de Tanda Casa). En Baja California la inscripción sola se lleva unos $12,800 de esa estimación, así que en casas de entre $1.07 y $1.5 millones el avalúo y los certificados pueden dejar el total por encima de la tabla. El ISAI de la tabla es el 2% del valor, sin la deducción de un salario mínimo anual que prevé la ley. Los honorarios son estimación de mercado, no tarifa oficial.

Quién fija el arancel notarial en Baja California

El Ejecutivo del estado. La Ley del Notariado para el Estado de Baja California dice que los notarios no cobran del erario sino de sus clientes, «conforme al arancel que haya sido aprobado por el Ejecutivo del Estado» (artículo 199), y que deben cobrar exactamente lo que ese arancel señale para cada caso, o lo que fijen los convenios del Consejo de Notarios para ciertas actividades (artículo 200).

Lo que no pudimos abrir es el arancel mismo: lo buscamos en el sitio del Congreso y en el del Colegio de Notarios y no está publicado ahí. Por eso la tabla de esta página usa una estimación de mercado. La ley sí te da con qué pedirlo: no tener a la vista de los usuarios el arancel y el listado de honorarios es conducta sancionable, igual que cobrar por encima de lo que marca (artículo 195 BIS 10, fracciones XI y XII).

Un dato propio de Baja California: el artículo 200 BIS ordena que el arancel fije honorarios «con base en una perspectiva de beneficio social» cuando el inmueble no vale más de 25 veces la UMA diaria elevada al año, alrededor de $1.07 millones en 2026. Si tu casa está debajo de ese valor, pregunta por esa tarifa.

Fuente: Ley del Notariado para el Estado de Baja California, artículos 199, 200, 200 BIS y 195 BIS 10; texto del Congreso del Estado con última reforma P.O. núm. 55 del 18 de noviembre de 2018 (congresobc.gob.mx, consultado el 30 de septiembre de 2026). UMA diaria 2026 de $117.31: INEGI (inegi.org.mx, consultado el 30 de septiembre de 2026).

Lo que se paga aparte del notario en Baja California

Sin arancel a la vista no hay lista oficial de lo que cubre el honorario, así que el desglose hay que pedirlo por escrito. Lo que sí está en ley es lo demás:

Fuente: Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el Ejercicio Fiscal 2026, artículo 12 y artículos transitorios sobre vivienda popular y actualización mensual de cuotas (congresobc.gob.mx, consultado el 30 de septiembre de 2026); ficha del trámite «Inscripción de Actos Traslativos de Dominio» (retys.bajacalifornia.gob.mx, consultado el 30 de septiembre de 2026).

¿Quién lo paga? Eso lo rige el código civil de Baja California; el federal, que sirve de referencia, reparte por mitad los gastos de escritura y registro «salvo convenio en contrario» (artículo 2263; diputados.gob.mx, consultado el 30 de septiembre de 2026), y lo usual es que el contrato se los cargue al comprador. El impuesto de adquisición es de quien compra.

El ISAI de Baja California, con el artículo en la mano

Aquí se llama Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y Transmisión de Dominio y es 2% en todos los municipios, porque lo fija una ley estatal: hasta $20,000 sobre $1,000,000, hasta $30,000 sobre $1,500,000 y hasta $60,000 sobre $3,000,000, antes de la deducción que prevé la ley.

Fuente: Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, artículo 75 BIS B, fracciones III a V (congresobc.gob.mx, consultado el 30 de septiembre de 2026). La tasa se verificó contra el texto el 12 de septiembre de 2026.

La base no es forzosamente el precio que pactaste: el artículo toma el valor mayor entre el avalúo de la autoridad fiscal municipal, el catastral y el precio actualizado por inflación. Si el avalúo rebasa el precio en más de 10%, el impuesto se calcula sobre el avalúo.

La deducción: la misma fracción III manda restar de la base, en todo caso, el equivalente a un salario mínimo general elevado al año. Por eso las cifras de arriba son el máximo: el impuesto real queda algo por debajo, y el cálculo exacto lo hace la notaría con el salario de referencia vigente.

Cómo pagar menos sin arriesgar la escritura

  1. Pide el arancel y el listado de honorarios antes de cotizar. La notaría está obligada a tenerlos a la vista (artículo 195 BIS 10). Con ellos en la mano puedes comparar dos o tres presupuestos desglosados.
  2. Si la casa vale menos de 25 UMA anuales, dilo desde el principio. Debajo de ese valor (alrededor de $1.07 millones) la ley pide honorarios con perspectiva de beneficio social y el Registro Público cobra $1,877.60 en vez de $12,398.60.
  3. Cuida el avalúo. El 2% se paga sobre el valor más alto, y un avalúo más de 10% arriba del precio se vuelve la base del impuesto.
  4. No dejes pasar los 30 días. Es el plazo que da la Ley de Hacienda Municipal para enterar el impuesto, contado desde el acto que lo genera.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un notario por escriturar una casa en Baja California en 2026?

La ley obliga a cobrar conforme al arancel que aprueba el Ejecutivo, pero ese arancel no está publicado donde pudiéramos consultarlo; como estimación de mercado, de 1.5% a 2.5% del valor más IVA: $22,500 a $37,500 sobre una casa de $1,500,000. Con el ISAI (hasta $30,000), el avalúo, el Registro Público y los certificados, el total queda entre $72,600 y $90,000.

¿Cuánto es el ISAI en Baja California?

Es 2% en todo el estado: hasta $30,000 sobre una casa de $1,500,000, antes de la deducción de un salario mínimo general elevado al año que prevé la ley (Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, artículo 75 BIS B). La base es el valor mayor entre el avalúo de la autoridad municipal, el catastral y el precio actualizado.

¿El arancel notarial es obligatorio o negociable?

En Baja California es obligatorio: el artículo 200 de la Ley del Notariado manda cobrar lo que resulte del arancel aprobado por el Ejecutivo o de los convenios del Consejo de Notarios, y cobrar de más es conducta sancionable. Lo que sí puedes hacer es pedir el arancel, que debe estar a la vista, y comparar presupuestos.

¿Quién paga los gastos de escrituración, comprador o vendedor?

La compraventa se rige por el código civil del estado; como referencia, el Código Civil Federal (artículo 2263) dice que los contratantes pagan por mitad los gastos de escritura y registro, salvo convenio en contrario. Lo usual es que el contrato se los cargue al comprador. El impuesto de adquisición de 2% es de quien compra y el ISR de la venta, de quien vende.

¿Puedo escriturar igual si compro con autofinanciamiento?

Sí. El 2% de impuesto, los derechos del Registro Público y el notario son los mismos sin importar cómo pagues la casa. Con Tanda Casa no hay consulta al buró ni comprobante de ingresos.