Sistema de Comercialización consistente en la integración de grupos de consumidores que aportan periódicamente sumas de dinero para la adquisición de bienes inmuebles, operado por Planea Tu Bien, S.A. de C.V., constituida el 29 de octubre de 2009.
CAP. III — FORMACIÓN DE GRUPOS
III.01. Grupo cerrado, máximo 500 Consumidores, vigencia 15 años. Primer reunión de adjudicación dentro de los 120 días naturales siguientes a la firma.
III.02. Si el Proveedor incumple la primera reunión, el Consumidor puede rescindir y recibir el valor presente de todos sus pagos en 30 días naturales.
CAP. IV — APORTACIONES Y CUOTAS
IV.01. Aportación = PAI vigente ÷ plazo contratado. Se ajusta en junio y diciembre conforme al INPC. Al adjudicarse, la aportación continúa ajustándose hasta el último pago.
IV.02. Pagos anticipados se cubren a valor presente, aplicándose a los últimos vencimientos. Todos los pagos anticipados causan cuotas de administración.
IV.04. Los rendimientos financieros de aportaciones y remanentes se integran al Fondo del Grupo.
CAP. V — FECHA, LUGAR Y FORMA DE PAGO
V.01. Vencimiento el día 7 de cada mes (o hábil inmediato posterior). Pagos después del vencimiento no son puntuales.
V.02. Pago en cuenta BBVA Bancomer No. 0170611654 a nombre de Planea Tu Bien S.A. de C.V. No se aceptan pagos parciales. Estados de cuenta al menos trimestrales.
V.04. Recargo por mora: 3% mensual + IVA sobre pagos vencidos.
V.05. Aportaciones extraordinarias (APEX): 100% al Fondo, sin cuotas de administración ni seguros. Por cada mes de incumplimiento de APEX, la adjudicación se retrasa 3 meses.
CAP. VI — CANCELACIONES, RESCISIONES Y SANCIONES
VI.02 Renuncia. Dentro de los 5 días hábiles siguientes, sin cargo. Devolución íntegra en 25 días naturales.
VI.03 Cancelación. Devolución en máximo 60 días: aportaciones a Valor Histórico menos 3 aportaciones mensuales promedio de pena, gastos y recargos pendientes.
VI.04 Rescisión. Por falta de pago de 2+ cuotas. Devolución en máximo 60 días con las mismas deducciones que cancelación.
VI.06. Si el Proveedor no devuelve a tiempo, paga interés moratorio al mismo porcentaje que aplica por mora al Consumidor.
CAP. VII — SEGUROS
VII.01 Seguro de vida. El Proveedor contrata Seguro de Vida, Incapacidad e Invalidez a nombre del Consumidor. Si fallece estando al corriente, surtirá adjudicación por liquidación directa. Si está atrasado al momento del siniestro, no tendrá derecho al beneficio.
VII.02 Seguro del bien. Al adjudicarse, el Consumidor contrata seguro contra daños. El Proveedor ofrece 3 opciones de aseguradoras a precios de mercado.
CAP. VIII — ADJUDICACIONES
Procedimientos (tercer jueves de cada mes, 9:00 am, con Fedatario Público):
- Puntuación: 1,800 pts ÷ plazo (antes del día 7) · 1,440 (entre día 8 y fin de mes) · 1,080 (mes vencido). En empate gana el de mayor antigüedad.
- Subasta: 4+ meses en el sistema y 180+ puntos. Oferta en sobre cerrado de cuotas a pagar por anticipado. Gana el que acumule más puntos totales.
- Secuencial: Al alcanzar 720 puntos y estar al corriente. Si deja de pagar puntualmente, pierde su lugar.
- Adjudicación por liquidación: Al fallecimiento del Consumidor estando al corriente, o por liquidación total de la operación.
VIII.04. El Adjudicado puede rechazar la adjudicación por escrito en 5 días hábiles. VIII.05. Las adjudicaciones se publican en periódico de circulación local dentro de los 10 días naturales siguientes.
CAP. IX — ENTREGA DE BIENES
IX.01. Recursos aplicables únicamente a bienes inmuebles. 90 días para elegir el bien tras la adjudicación. Diferencias de valor: si el bien cuesta más, la diferencia la cubre el Consumidor; si cuesta menos, se aplica a pagos anticipados.
IX.02. Impuestos, honorarios notariales y avalúos a cargo del adjudicatario.
IX.03. Derecho de adjudicación: 2.5% del PAI + IVA, pagadero antes de la entrega.
IX.04. Entrega dentro de 30 días naturales posteriores al cumplimiento de garantías. Si el Proveedor incumple: el Consumidor puede esperar (con compensación), rescindir (recibiendo valor presente total + 3 aportaciones), o exigir pena convencional.
IX.06. El adjudicatario otorgará garantía hipotecaria o fiduciaria en primer lugar a favor del Proveedor. Si no cubre el saldo insoluto, se requiere aval con inmueble libre de gravamen.
CAP. X-XI — CASO FORTUITO · LIQUIDACIÓN DEL GRUPO
X.01. No hay responsabilidad del Proveedor por caso fortuito o fuerza mayor. Si huelga persiste 45+ días, el Consumidor puede terminar el contrato y recibir aportaciones a valor presente sin penalidad.
XI.01. Liquidación dentro de los 60 días naturales tras el término del grupo. Remanente: 50% para Adjudicados puntuales, 50% al Proveedor. XI.02. Remanente no reclamado en 90 días se dona a Fundación Teletón México, A.C.
CAP. XII-XIII — DATOS PERSONALES · COMPETENCIA
XII. Datos proporcionados libremente para fines del contrato. El Proveedor puede transmitirlos a filiales y proveedores de servicios.
XIII.03 Competencia. PROFECO en vía administrativa; tribunales de la Ciudad de México en lo jurisdiccional. Este sistema no está garantizado por el Gobierno Federal ni por ninguna institución bancaria. No constituye mecanismo de ahorro.